Nuevas disposiciones protegen a madres trabajadoras cubanas

Madre e hijo poco después del parto. Foto: Ladyrene Pérez/ Cubadebate
Madre e hijo poco después del parto. Foto: Ladyrene Pérez/ Cubadebate.

La baja tasa de natalidad y el incremento del envejecimiento poblacional en la Isla son problemáticas que preocupan y ocupan al Gobierno cubano. Razón por la cual, en el día de hoy, la Gaceta Extraordinaria No. 7 da a conocer dos decretos-leyes y cuatro resoluciones encaminados a extender la protección y los beneficios de la maternidad.
Según explicó en rueda de prensa efectuada en la mañana de hoy, Yusimí Campos Suárez, viceministra del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), a partir de ahora y de acuerdo con lo establecido en el Decreto-Ley No. 339, del 8 de diciembre del 2016, si la madre decide reincorporarse al trabajo, una vez concluida la licencia pre y posnatal, y antes de que el menor cumpla el año de vida, podrá simultanear la prestación social a que tiene derecho con su salario.
“Esta nueva legislación tiene como objetivo de estimular la natalidad, la incorporación y reincorporación al trabajo de la mujer, así como la participación de otros familiares en el cuidado y atención de los menores”, comentó la Viceministra, en la sede del MTSS.
En correspondencia con lo anterior, la familia cubana recibió en el día de hoy otra buena nueva: será posible extender a los abuelos maternos o paternos, que sean trabajadores, el cuidado del niño hasta su primer año de vida, anteriormente solo podía hacerlo el padre.
Yusimí resaltó como un bien de este Decreto-Ley que “la cuantía de las prestación mensual que recibe la madre trabajadora no puede ser inferior al salario mínimo vigente en el país. La legislación anterior establecía un procedimiento para todo el tema de los cálculos y no siempre se podía garantizar este beneficio”.
Para la trabajadora con pluriempleo, “la prestación económica y social se concede por cada uno de los contratos que tiene suscritos, en proporción al tiempo real trabajado, recordemos que antes se hacía solo teniendo en cuenta la remuneración más favorable”, enfatizó Campos Suárez.
Además, el Decreto-Ley No. 339 dispone “el derecho al disfrute de la asistencia monetaria por maternidad para las trabajadoras cuya relación laboral sea a través de contratos por tiempo determinado (superior a un año), aun cuando no se encuentren trabajando, siempre que su último contrato haya vencido en un período no mayor de tres meses de la fecha en que le corresponde acogerse a la licencia de maternidad”, explicó la Viceministra.
El Decreto 340 modifica varios regímenes especiales de la seguridad social para reconocer como tiempo de contribución aquellos períodos en los cuales la trabajadora se encuentra enferma, accidentada o disfrute de la maternidad y que sea exonerada de la obligación de pago.
Otra de las resoluciones publicadas en la Gaceta Oficial este viernes, dispone un nuevo tratamiento para el pago por los servicios en los círculos infantiles y seminternados a las madres con dos o más hijos. Aquellas que tengan dos niños pagarán solo un 50 por ciento de la tarifa vigente para los dos, y en el caso de que sean más, se eliminará el pago por estos servicios a partir del tercero.
A las madres trabajadoras del sector no estatal, que tengan dos o más hijos menores de 17 años, se les otorga una bonificación consistente en la reducción en un 50 por ciento de las cuotas mensuales del Impuesto sobre Ingresos Personales.
En las normativas se precisa además que se otorgará una bonificación en el pago de los impuestos a los trabajadores por cuenta propia que ejercen como asistente para el cuidado de niños y cuidador de enfermos, personas con discapacidad y ancianos.
Descargue en PDF (488 KB): Disposiciones jurídicas para proteger la maternidad de la mujer trabajadora

Presupuesto estatal cubano impulsa subsidios

Con el objetivo de estimular la fecundidad, desde 2016 se comenzó a priorizar a madres con tres o más hijos menores de 12 años, en el otorgamiento de subsidios para arreglar las viviendas de familias carentes de solvencia económica.
Esta novedosa iniciativa se emprendió en los municipios de Maisí (Guantánamo), Tercer Frente (Santiago de Cuba) y Buey Arriba (Granma), los que según el censo tenían mayor concentración de núcleos familiares con esas características, destacó Adalberto Carbonell, director general de Política Fiscal del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP).
El especialista subrayó que, de conjunto con la Oficina Nacional de Estadística e Información, se trabaja para identificar otros territorios donde residan madres con tres hijos o más, en pos de beneficiarlas en el acceso a ese tipo de subsidio, implementado en el país desde 2011.
De acuerdo con el MFP, este año fueron destinados mil 54 millones de pesos -similar al monto aprobado en 2016- para subsidiar la compra de materiales de la construcción, con el propósito de edificar o reparar las viviendas de las personas más necesitadas.
Las partidas presupuestarias para respaldar esos gastos provienen de los ingresos por la venta de insumos constructivos a precios liberados, financiamientos que se quedan en los presupuestos locales para agilizar el proceso de entrega, comentó la viceministra Meisi Bolaño.
La funcionaria insistió en la necesidad de lograr que esos recursos sean ejecutados al ciento por ciento, y así contribuir a aliviar la situación del fondo habitacional en los territorios y comunidades.
El Presupuesto del Estado prevé gastos totales en el actual calendario por 63 mil 811 millones de pesos, superior en un 11 por ciento al estimado del 2016.
Se conoció que los montos dirigidos a la Seguridad Social crecen un 3,4 por ciento, y garantizarán la protección a más de un millón 670 mil pensionados, en tanto el mayor porcentaje corresponde a las pensiones por edad, invalidez y muerte.
(Noticia en construcción)

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